BEPS, la poderosa ofensiva contra las prácticas fiscales abusivas, ya está aquí

BEPS ha alcanzado la costa. El tsunami que se avecinaba hace solo un año ya está aquí y ya está afectando tanto al sector público como a las empresas. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha presentado el paquete final de medidas de su proyecto estrella Base Erosion and Profit Shifting (BEPS), que tiene como objetivo “acabar con las lagunas en la fiscalidad internacional que permiten a las multinacionales hacer desaparecer o mover artificialmente sus beneficios a destinos de baja o nula tributación, en los que no existe o hay muy poca actividad económica”.

El organismo estima que estas prácticas fiscales abusivas suponen pérdidas en la recaudación tributaria global de entre 100.000 y 240.000 millones de dólares anuales (entre un 4 y un 10% de la recaudación del Impuesto de Sociedades a nivel global), un fenómeno con mayor incidencia en los países desarrollados, ante su mayor dependencia de este tipo de tributos.

A esta vertiente económica del problema, se suma otra de carácter moral, que Ángel Gurría, secretario general de la OCDE, subrayó en uno de sus discursos: “BEPS está privando a los países de valiosos recursos que podrían ser destinados a impulsar el crecimiento, hacer frente a los efectos de la crisis o crear más oportunidades para todos. Pero, más allá, BEPS ha ido erosionando la confianza de los ciudadanos en la justicia de los sistemas fiscales a nivel internacional”. A esto, Juan Ignacio Marrón, socio responsable de Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia de KPMG Abogados, añade “un efecto distorsionador en la competencia entre grandes multinacionales y compañías domésticas”.

Los tres pilares de la iniciativa

La iniciativa BEPS fue lanzada en julio de 2013 por la OCDE a petición de los países del G-20 y los expertos aseguran que se trata del primer enfoque fiscal internacional coordinado y basado en información real compartida. En septiembre de 2014 se publicaron las siete primeras recomendaciones, que en octubre de 2015 han sido completadas hasta alcanzar las 15 previstas. El Plan de Acción se fundamenta en tres pilares fundamentales.

El primero es un paquete de acciones que intenta garantizar unos estándares mínimos para que las grandes empresas tributen en aquellos países en los que están generando valor,  mediante la persecución de la doble no imposición (los convenios de doble imposición velaban porque una empresa no pagase dos veces por una misma operación internacional en la que estaban implicados dos países, pero en algunos casos se dejaron lagunas que permitían la elusión del pago en los dos casos) y una mayor coherencia y cooperación internacional.

En este sentido se requerirá a las multinacionales mayor información sobre los impuestos que pagan, a través de instrumentos como el country-by-country reporting, un documento que se entregaría a las autoridades fiscales y que, según señala la OCDE, “proporcionará por primera vez a la administración una fotografía global de las operaciones de una multinacional”. No obstante, Marcos Barrajón, asociado del área de Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia en KPMG Abogados, asegura que “se producirá un significativo incremento de la carga informativa exigible a grandes empresas, entre la que se incluye abundante información sensible y estratégica, a pesar de que no se hayan definido de manera precisa las pautas de confidencialidad y de intercambio entre autoridades fiscales”.

En segundo lugar se encuentran las acciones relativas a las estructuras y compañías híbridas (ante la evidencia de que hay empresas que tienen una consideración diferente desde el punto de vista fiscal en su país de origen y en el que invierten), y a la deducción excesiva o artificiosa de los gastos financieros, que persiguen un enfoque común para evitar el abuso de tratados así como un código de buenas prácticas para mitigar la erosión de bases imponibles a través de la deducción excesiva de gastos financieros.

Por último, se encuentran las acciones que aportan recomendaciones fundamentalmente relativas al fortalecimiento de las normas de precios de transferencia, con el objetivo de garantizar que la multinacionales paguen a valor de mercado las operaciones que se realizan entre las diferentes sociedades de un grupo, como el pago de royalties, o la fabricación en un lugar y la venta en otro.

Las implicaciones para las empresas y autoridades fiscales

“Los documentos publicados por la OCDE son de especial relevancia, ya que definen la línea general de las futuras reformas fiscales que tendrán lugar en España y los países de nuestro entorno en materia de fiscalidad internacional”, asegura Juan Ignacio Marrón. No obstante, el socio de KPMG señala dos principales retos en la puesta en marcha efectiva de estas recomendaciones: por un lado su transposición al ordenamiento jurídico de los diferentes países y por el otro la interpretación y aplicación que se haga de estas normas.

Los ministros de finanzas de los países del G-20 ya han manifestado su respaldo al paquete final de medidas presentado por la OCDE, pero han planteado la necesidad de que el organismo cree un marco para la monitorización de los avances en los primeros meses de 2016 y el impulso de debates en futuras cumbres del G-20 para llevar las recomendaciones a la práctica. En España, la última reforma del impuesto sobre sociedades ya incorporó al cuerpo normativo obligaciones de reporting procedentes de BEPS, como la información país por país y el nuevo contenido ampliado de la documentación de precios de transferencia.

En lo relativo a las empresas, para Juan Ignacio Marrón las implicaciones son importantes, pues “nunca antes la fiscalidad internacional y las decisiones de negocio han ido tan de la mano”. Entre los cambios que supondrá BEPS para las multinacionales, Marcos Barrajón destaca “una mayor visibilidad de la estrategia fiscal y potenciales impactos en la percepción pública, el entendimiento del negocio clave como punto de partida de la gestión fiscal del grupo, un incremento sustancial de las obligaciones de reporting y compliance o la necesidad de gestionar un entorno mucho más complejo en el que la consistencia en el enfoque es clave”.